Se hace saber a los titulares de los organismos jurisdiccionales que, en el ejercicio de sus atribuciones y competencias, deberán proponer la designación de personas inscriptas en el presente Registro de Aspirantes con Discapacidad.
IMPORTANTE
Se informa que la sola inscripción en el "Registro de Aspirantes con Discapacidad", es un primer requisito necesario pero no suficiente para el ingreso al Poder Judicial.
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