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Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Azul. Alimentos adeudados. Intereses punitorios. Tasa adicional. Artículo 552 del Código Civil y Comercial.


La Cámara Civil y comercial (Sala I) de Azul en la causa Nº 64.770 'D., K. E. C/ M., V. M. S/ EJECUCION DE SENTENCIA (INC. ART. 250 DEL CPCC)', resolvió hacer lugar parcialmente al recurso subsidiario de apelación interpuesto por la actora a fs. 8/10, y en consecuencia disponer que en la liquidación de alimentos adeudados a practicar en el marco de la presente corresponde incrementar en un cincuenta por ciento (50%) la tasa aplicable para el cálculo de los intereses moratorios propiamente dichos; por los argumentos y con los alcances señalados en los apartados III) y IV).





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