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La Subsecretaría de Control de Gestión depende la Suprema Corte de justicia a través de su Presidente.

A partir del Acuerdo Nº 3818/16 se ampliaron las funciones establecidas en el Acuerdo Nº 3536/11, creándose en su órbita el Área de Control de Gestión Administrativa.

El control de gestión implica el análisis de las actividades de una organización en forma objetiva y sistemática, para determinar el grado de cumplimiento de políticas y procedimientos aceptables, la utilización eficiente de los recursos, el cumplimiento de los objetivos y si han sido alcanzados en los plazos y calidad previstos para las respectivas prestaciones y servicios.

El resultado de dicha actividad se refleja en informes elevados a los niveles superiores sobre los aspectos administrativos y operativos, poniendo énfasis en el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos económicos, tecnológicos y el factor humano.

El ejercicio del control de gestión promueve modificar falencias, detectar errores en prácticas y procedimientos, subsanar omisiones y formular recomendaciones tendientes a dar soluciones a los problemas que se detecten tanto en la labor de los distintos órganos jurisdiccionales en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 13.629, incorporada a la ley orgánica del Poder Judicial, como en las áreas de gobierno de la Suprema Corte.