Sentencias destacadas tribunales provinciales
La Cámara Civil y Comercial de Necochea, en la causa Nº 15.718, resolvió revocar lo resuelto en el punto 1 de la sentencia dictada el 30/12/2025 y su aclaratoria respecto de la nulidad de la escritura 435. Confirmar la nulidad por simulación del negocio de compraventa decidida en el grado e instrumentada mediante escritura nro. 435 de fecha 30/12/2021, admitiéndose la reconvención, debiendo procederse conforme lo ordena el punto 2 de la sentencia y confirmar el rechazo de la acción de reivindicación.
La Cámara y Comercial (Sala II) de Mar del Plata, en la causa Nº 184.511, resolvió rechazar el recurso de la actora contra la sentencia del 26/06/2025, con costas a la apelante, y hacer lugar al recurso de los demandados y la citada en garantía, revocando la sentencia del 26/06/2025 y rechazando la demanda, con costas a la actora vencida en ambas instancias.
El Juzgado de Paz de Merlo, en la causa Nº 30.942, resolvió denegar el pedido de embargo efectuado por el accionante respecto de los haberes previsionales de la demandada M. M. A.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Lomas de Zamora, en la causa Nº 21363, resolvió confirmar la apelada sentencia. Las costas de Alzada se fijan al alimentante vencido.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Mercedes, en la causa Nº 122.153, resolvió confirmar la sentencia apelada, con costas de segunda instancia por su orden.
La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Lomas de Zamora, en la causa Nº12.045, resolvió confirmar la resolución con costas al recurrente en virtud de lo resuelto.
El Juzgado de Paz de Ituzaingó, en la causa Nº 24.462, resolvió hacer lugar a la medida cautelar innovativa solicitada y, en consecuencia, ordenar a la empresa prestataria del servicio C. DE P. DE S. DE O., A. P. Y OTROS S. C. L. que proceda en el plazo perentorio e improrrogable de 24 hs a la reconexión inmediata y provisoria del servicio de agua potable en el inmueble habitado por R. V, debiendo abstenerse de realizar nuevos cortes, restricciones o suspensiones mientras dure la tramitación de las presentes actuaciones.
La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata, en la causa Nº 141.166, resolvió revocar la exclusión de ARCA del cómputo de las mayorías del art. 45 LCQ y dispuso computar la porción quirografaria de su crédito. Consideró que la exclusión de un acreedor es excepcional y de interpretación restrictiva, y que la existencia de un régimen fiscal específico no basta para justificarla. Destacó que las particularidades del crédito fiscal pueden atenderse mediante una categorización diferenciada y propuestas específicas, y ponderó además la mayor flexibilidad introducida por la RG ARCA 5873/2026.
La Cámara Primera Civil y Comercial (Sala II) de La Plata, en la causa Nº 288.225, resolvió declarar la inconstitucionalidad del art. 5 de la ley 5177, en cuanto excluye de las excepciones allí previstas al conviviente del abogado alcanzado por el régimen de incompatibilidades contempladas por la citada normativa, lo que importa que dicha limitación no resulte aplicable a la actuación del letrado apelante en defensa de los derechos invocados por el señor M.E.H. en esta controversia.
La Cámara Civil y Comercial (Sala III) de Mar del Plata, en la causa Nº 185.620, resolvió hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora y, en consecuencia, revocar la sentencia dictada en fecha 10-11-2025 y reconocer el derecho de S. E. A. a percibir una compensación económica en los términos de los arts. 441 y 442 del Código Civil y Comercial de la Nación.