Sentencias destacadas tribunales provinciales
El Tribunal de Casación Penal (Sala I) rechazó por improcedente, con costas, el recurso interpuesto por la defensa oficial contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 2 de La Plata que condenó a Luis Alberto Ramos a la pena de reclusión perpetua, accesorias legales y costas, más la declaración de reincidencia, como coautor responsable del delito de homicidio calificado, cometido en la localidad de Alejandro Korn, partido de La Plata, en perjuicio de Tehuel De La Torre.
La Cámara Civil y Comercial de Pergamino, en la causa Nº 5608, resolvió desestimar el recurso de apelación traído, confirmando en un todo la sentencia de grado.
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal (Sala I) de Bahía Blanca, en la causa Nº 26.593, resolvió declarar admisible y procedente la queja, hacer lugar al recurso de apelación interpuesto y revocar la decisión dictada por el Tribunal en lo Criminal nro. 1 Departamental. Asimismo, declarar abstracto el tratamiento de la cuestión de competencia trabada entre el Juzgado en lo Correccional nro. 2 y el Tribunal en lo Criminal nro. 1 Departamental.
El Tribunal de Casación Penal (Sala I) resolvió hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto por la defensa de Alan Leonardo Aloise, sin costas, respecto de la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 3 del Departamento Judicial de San Isidro que lo condenó –en el marco de un juicio abreviado- a la pena de tres (3) años de prisión -de efectivo cumplimiento-, costas del proceso y el pago del mínimo de la multa, por resultar autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes; casar la determinación de la pena aplicada en el caso en concreto y reenviar las actuaciones a la instancia anterior a fin de que -con la debida integración- se dicte un nuevo pronunciamiento, con la premura que el caso exige, en el que se brinde adecuado tratamiento a la cuantía y a la modalidad de ejecución de la pena.
La Cámara Civil y Comercial de Dolores, en la causa Nº 105.355, resolvió revocar la sentencia del 7.10.2024 en cuanto decretó la inconstitucionalidad del plazo de seis meses previsto en el art. 525 el CCyC y declarar la caducidad del derecho por el transcurso del plazo de seis meses para promover la pretensión de compensación económica desde el momento que indica la norma.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de La Matanza, en la causa Nº42.820, resolvió rechazar el pedido de deserción del recurso de apelación interpuesto por la demandada. Y modificar la sentencia apelada. de la siguiente manera: Confirmar el resto de la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios por los argumentos expuestos en la presente.
El Tribunal en lo Criminal Nº 3 de Lomas de Zamora, en la causa Nº 3447, resolvió condenar a Ariel Acuña Vega, Axel Emiliano Rojas y Miguel Pastor Romero Molina, a la pena de prisión perpetua, más accesorias legales y costas como autores penalmente responsables del delito de robo calificado por el empleo de arma de fuego y por ser cometido en lugar poblado y en banda agravado por la participación en el hecho de un menor de dieciocho años en concurso real con robo calificado por el empleo de arma de fuego y por ser cometido en lugar poblado y en banda agravado por la participación en el hecho de un menor de dieciocho años en grado de tentativa en concurso real con homicidio calificado criminis causae agravado por su comisión con arma de fuego y por la participación en el hecho de un menor de dieciocho años y a Nahuel Santiago Coman a la pena de cinco años de prisión, más accesorias legales y costas como partícipe secundario del delito de robo calificado por el empleo de arma de fuego y por ser cometido en lugar poblado y en banda agravado por la participación en el hecho de un menor de dieciocho años.
El Tribunal de Casación Penal (Sala I) rechazó, con costas, el recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado contra la decisión del juez profesional integrante del Tribunal en lo Criminal Nº 3 de Mar del Plata, denegatoria de prueba e imposición de la pena de once años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso, por los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y abuso de armas como consecuencia del veredicto condenatorio pronunciado por el tribunal de jurados.
El Tribunal de Casación Penal (Sala V) resolvió hacer lugar parcialmente, sin costas, al recurso de casación interpuesto por la defensa de J. K. S. y absolverla por el hecho calificado por el Tribunal en lo Criminal de Tres Arroyos del Departamento Judicial de Bahía Blanca, como el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Los jueces entendieron que el Tribunal en lo Criminal analizó el caso bajo el régimen penal de la ley 23.737, y no al amparo del nuevo paradigma sobre el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados de la ley 27.350. El registro en REPROCANN excluye la aplicación de sanciones penales para quienes usan cannabis con fines medicinales. La actuación de la imputada se desarrolló dentro del marco permitido -actividad autorizada por el Estado- de la ley 27.350, desde el cual debió ser analizada su situación procesal. La fiscalía no logró probar que la tenencia del estupefaciente tuviera otro fin ni que afectara negativamente al bien jurídico protegido por la norma (salud pública), el cual, en el caso y paradójicamente, fue resguardado mediante esa tenencia.
El Juzgado de Paz de Daireaux, en la causa Nº 17.655, resolvió ordenar la notificación de la resolución del 11/04/2025, la presente resolución, de la demanda y documentación acompañada, al número de teléfono denunciado del Sr. R. G. Y.por intermedio de la aplicación whatsapp. (Art 635 bis CPCC), y de conformidad con lo pedido, bajo responsabilidad de la parte actora, siendo la confección de la cedula a cargo de la peticionante.