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Registro de aspirantes a ingresar al Poder Judicial para personas travestis, transexuales y transgénero


A través de la Resolución SC Nº 920/21 la Suprema Corte de Justicia creó en la órbita de su Secretaría de Personal, el 'Registro de aspirantes a ingresar al Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la Ley Nº 14.783', en el que se pueden inscribir todas las personas travestis, transexuales y transgénero con interés de incorporarse, y reúnan las condiciones de idoneidad requeridas para el cargo de que se trate, de conformidad con el procedimiento y requisitos establecidos en el Anexo I que integra la citada resolución.

Junto a la Ley Nº 14.783 y su decreto reglamentario Nº 1.473/19,tratados internacionales de Derechos Humanos y los Principios de Yogyakarta sobre 'Aplicación de la Legislación Internacional de Derechos Humanos en Relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género', en los fundamentos de la decisión también se citan precedentes del propio Tribunal: las previsiones de la referida ley se enmarcan en aquellos textos normativos respecto a los cuales esta Suprema Corte ha dicho que contienen un fuerte contenido tuitivo, y conllevan un supuesto de 'discriminación positiva', a través de la implementación de medidas que procuran alcanzar la igualdad real de oportunidades y de trato, otorgando para ello ciertas preferencias concretas que permitan compensar o subsanar la situación de desventaja o marginación que históricamente ha tenido este colectivo, respecto de otros grupos sociales.