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La Suprema Corte de Justicia aprobó la Reglamentación del servicio de notificación por aplicaciones o plataformas de mensajería instantánea y servicios de mensajería de texto SMS en procesos de alimentos.
Con fecha 17 de marzo de 2010, la Suprema Corte de Justicia, en la causa "M. , L. M. contra M. , R. P. y otra. Alimentos", hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por L.M.M., en representación de su hija menor de edad, revocando la sentencia de Cámara impugnada y manteniendo lo resuelto en el decisorio de primera instancia, en cuanto a condenar al progenitor y a los abuelos paternos de la menor al pago de una cuota alimentaria en su favor.
Con fecha 7-3-2007, la Suprema Corte en autos "L., F. F. c/ Municipalidad de La Plata s/ Demanda contencioso administrativa", causa B.58.760, resolvió por mayoría, hacer lugar a la demanda interpuesta -entendida la pretensión como adjudicación de una concesión de un puesto de venta de alimentos en lugar público- condenando a la Municipalidad de La Plata a que en el plazo de ciento ochenta días arbitre los medios necesarios para otorgar al actor un conjunto de opciones de adjudicación de puestos de venta en sitios aptos para su explotación comercial y con entidad económica suficiente para asegurar su subsistencia. Todo bajo apercibimiento, en su defecto, de fijación de astreintes y, en su caso, de resolverse la obligación en el pago de los daños y perjuicios emergentes.