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Convocatorias a concursos abiertos de oposición y antecedentes en el Poder Judicial de Tierra del Fuego.

Ver resolución y edicto.pdf 85 Kb.

Preocupación por la situación salarial y la necesidad de recursos para el funcionamiento de la Administración de Justicia

La Suprema Corte de Justicia dispuso comunicar al Poder Ejecutivo su preocupación por la situación salarial de magistrados, funcionarios y agentes judiciales, y la necesidad de recursos presupuestarios para atender los gastos de funcionamiento de la Administración de Justicia.

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Elaboración de un cronograma de talleres y cursos de reanimación cardiopulmonar (RCP) y uso de desfibrilador (DEA) de asistencia obligatoria para agentes judiciales.

La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso que por intermedio de la Dirección General de Sanidad se elabore, en un plazo de 30 días, un cronograma de talleres y cursos periódicos de asistencia obligatoria para los representantes designados por cada organismo y en cada departamento judicial, sobre reanimación cardiopulmonar (RCP) y uso de desfibrilador (DEA).

Ver resolución 812-19.pdf 490 Kb.

Convocatorias a concursos abiertos de oposición y antecedentes en el Poder Judicial de Tierra del Fuego.

Ver edicto Prosecretario de J..pdf 43 Kb.
Ver edicto Prosecretario de C..pdf 46 Kb.

Resolución 1100/19. Declaración de invalidez e inaplicabilidad al Poder Judicial del Art. 431 DN "B" 1/04 de ARBA, sobre el control de acreditación del impuesto de Ingresos Brutos correspondiente a honorarios.

La Suprema Corte de Justicia resolvió declarar la invalidez y, por consecuencia, la inaplicabilidad al Poder Judicial, del artículo 431 de la Disposición Normativa Serie "B" 1/04 (texto según Resolución Normativa 18/18). De tal forma, hace saber a los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias que no deberán dar cumplimiento a la normativa mencionada en el artículo precedente. Lo resuelto es sin perjuicio de que, en el ámbito del Convenio Marco de Intercambio de Información, Complementación de Recursos e Instrumentación de Comunicaciones por Medios Electrónicos con Firma Digital celebrado entre el Tribunal, ARBA y la Fiscalía de Estado el 15-IV-2008, puedan acordarse mecanismos ágiles y efectivos de intercambio de información a los efectos de posibilitar que la ARBA cuente con la información requerida.

Ver resolución 1100-19.pdf 361 Kb.

Convocatoria a concursos abiertos de oposición y antecedentes en el Poder Judicial de Tierra del Fuego.

Ver_convocatorias.pdf 192 Kb.

Convenios de colaboración tecnológica con la Caja de Previsión Social para Abogados de la provincia de Buenos Aires.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Eduardo Pettigiani, y el Presidente de la Caja de Previsión Social para abogados de la Provincia, Daniel Mario Burke, firmaron convenios de colaboración tecnológica con el objeto complementar recursos para instrumentar el uso de herramientas tecnológicas disponibles.

Ver convenio de colaboración tecnológica.pdf 112 Kb.
Ver convenio especifico N° 2.pdf 165 Kb.

Resolución 1216/18. Impacto que generaría la implementación del Proyecto de Ley de Reforma del Procedimiento Laboral.

La Suprema Corte de Justicia dispuso poner en conocimiento de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Provincia de Buenos Aires, el impacto que generaría el Proyecto de Ley A-2/18-19 por el cual se procura reformar el Procedimiento Laboral (Ley 11.653 y modificatorias), en cuanto a los recursos necesarios para su implementación.

Ver Resolución 1216-18.pdf 182 Kb.
Ver Informe.pdf 865 Kb.

Convocatoria a concursos abiertos y públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

Ver Convocatoria.pdf 77 Kb.

Convocatoria a concursos abiertos de oposición y antecedentes en el Poder Judicial de Tierra del Fuego.

Ver Convocatoria 161-17.pdf 37 Kb.
Ver Convocatoria 162-17.pdf 40 Kb.

Acuerdo 3866/17. Actualización de la remuneración a la que aluden los arts. 266 y 267 de la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras.

La Suprema Corte de Justicia acordó fijar la remuneración a la que aluden los arts. 266 y 267 de la Ley 24.522, a partir del 1º de septiembre de 2017, en la suma de pesos cincuenta y un mil doscientos tres con cuarenta y un centavos ($ 51.203,41).

Ver Acuerdo 3866-17.pdf 1287 Kb.

Acuerdo 3858/17. Actualización de la remuneración a la que aluden los arts. 266 y 267 de la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras.

La Suprema Corte de Justicia acordó fijar la remuneración a la que aluden los arts. 266 y 267 de la Ley 24.522, a partir del 1º de marzo de 2017 en la suma de pesos cuarenta y cinco mil quinientos sesenta y nueve con dieciséis centavos ($45.569,16).

Ver Acuerdo 3858-17.pdf 28 Kb.

Convocatoria a concursos abiertos de oposición y antecedentes en el Poder Judicial de Tierra del Fuego.

Ver convocatoria para cubrir el cargo de Prosecretario de Juzgado de Ejecución.pdf 63 Kb.
Ver convocatoria para el cargo de Secretario de Menores.pdf 57 Kb.

Acuerdo 3839/17. Actualización de la remuneración a la que aluden los arts. 266 y 267 de la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras.

Con fecha 2 de marzo de 2017, la Suprema Corte de Justicia acordó fijar la remuneración a la que aluden los arts. 266 y 267 de la Ley 24.522, a partir del 1º de agosto de 2016 en la suma de pesos cuarenta y un mil cuatrocientos veintiseis con cincuenta y un centavos ($41.426,51).

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Resolución 37/17. Norma práctica en caso de decisiones recurridas ante el Tribunal de Casación Penal y Cámaras de Apelación y Garantías cuando existiera más de un interesado en la revisión.

Cuando contra una decisión susceptible de ser recurrida ante el Tribunal de Casación Penal, uno de los interesados interponga dicho recurso, el órgano que la dictó formará el legajo al que se refiere el artículo 456, 2º párrafo del Código Procesal Penal. Cumplido ello, esperará hasta el vencimiento del plazo individual de 7 días que regula el Artículo 451, 3er. párrafo, del que disponen las demás partes que pudieran tener interés en recurrir esa misma decisión para manifestar su intención de recurrir ante el Tribunal de Casación. Si ninguno de éstos hubiera formulado esa manifestación, decidirá sobre la admisibilidad del recurso interpuesto. Si alguno o algunos de los demás interesados hubieran manifestado también intención de interponer el recurso, esperará al vencimiento del plazo de 20 días que rige la interposición del recurso respectivo. Si otros recursos hubieran sido finalmente interpuestos, los agregará al legajo formado con el primero de ellos y decidirá la admisibilidad de todos los recursos en un solo auto. El órgano a quo elevará el legajo dejando constancia de las partes que no hubieran recurrido y de aquéllas que no hubieran podido ser notificadas. Similar procedimiento se deberá observar para aquellas decisiones susceptibles de ser recurridas ante las Cámaras de Apelación y Garantías cuando existiera más de un interesado en la revisión de la medida.


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