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Modificación del número de integrantes y de la organización regional del Cuerpo de Magistrados Suplentes.
Con fecha 1º de agosto de 2012, la Suprema Corte de Justicia dispuso que el Cuerpo de Magistrados Suplentes, creado por la ley 13.837 (modificado por Ley 14.008) funcionará bajo la competencia, contralor y centralización de la Secretaría de Planificación.
Con fecha 1º de octubre de 2008, la Suprema Corte resolvió propiciar ante los Poderes Ejecutivo y Legislativo el dictado de una norma que contemple modificaciones a la Ley Nº 13.837 que crea el Cuerpo de Magistrados Suplentes.
Con fecha 3 de septiembre de 2008, la Suprema Corte resolvió que el Cuerpo de Magistrados Suplentes del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires estará compuesto, inicialmente, por 38 magistrados por fuero y región, según el detalle que se puede apreciar en el archivo asociado. Para tal fin dispuso requerir a la Legislatura la creación de los cargos para su integración.