Actualidad
Con fecha 4 de marzo de 2015, la Suprema Corte de Justicia resolvió disponer el sistema que regirá para el reconocimiento, liquidación y pago de la retribución y de la dieta diaria destinadas a los jurados.
Con fecha 30 de abril de 2014, la Suprema Corte de Justcia dispuso que a partir del iº de abril del corriente año, el reconocimiento de gastos establecido en al artículo iº del Acuerdo 3547 quedará fijado en el monto máximo referencial de pesos dos mil quinientos sesenta y cuatro ($2.564), que continuará abonándose en forma mensual.
En el marco de la conmemoración del día del Trabajador Judicial - por el cual no habrá actividad en los tribunales provinciales el 16 de noviembre- el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Eduardo Néstor de Lázzari, expresó su reconocimiento a los agentes del Poder Judicial.
Con fecha 21 de junio de 2012, la Suprema Corte de Justicia, dispuso que a partir del día 1º de junio del corriente año, el reconocimiento de gastos establecido en el artículo 1º del Acuerdo 3547 quedará fijado en el monto máximo referencial de pesos un mil quinientos cincuenta ($ 1.550), el que será abonado en forma mensual.
El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de San Isidro recibió el Premio Nacional a la Calidad (PNC). Se trata de la primera dependencia judicial de la Provincia de Buenos Aires en ser distinguida con el reconocimiento instituido por Ley 24.127 y el único organismo de la Administración Pública en obtenerlo en la edición 2011.
El lunes 23 de noviembre de 2009, a las 18 hs., en el histórico Salón de los Pasos Perdidos del Congreso Nacional, se realizó un homenaje al Ministro Decano de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Héctor Negri, en reconocimiento a su contribución a la cultura y a las letras argentinas.
Con fecha 9 de septiembre de 2009 la Suprema Corte dispuso que "a partir de la próxima inscripción de admisión de los niños de agentes judiciales a los fines establecidos en el Acuerdo nº 2620, el excedente de inscriptos en los Jardines Maternales del Poder Judicial o en el caso de aquellas departamentales en las cuales no se cuenten con dichos Jardines, podrán -a elección de sus padres- concurrir a establecimientos privados, reconociéndose el reintegro del gasto por tal concepto hasta el monto máximo referencial equivalente al 50 % del sueldo básico de Auxiliar 6º, los que serán abonados en forma mensual."
Con fecha 24 de abril de 2009 la Suprema Corte de Justicia, en las causas, "Partido Unión Popular solicita reconocimiento", "Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST). Recurso de queja" y "Partido Unión del Centro Democrático solicita reconocimiento", por mayoría, declaró inadmisibles los recursos extraordinarios deducidos. Asimismo, por mayoría, se dispuso hacer saber a los poderes Ejecutivo y Legislativo sobre la necesidad de sancionar una regulación legislativa que contemple vías específicas de impugnación judicial de las decisiones dicho órgano.
Con fecha 11-06-08, en causa C. 92.749, "de la Torre, Guillermo y Palu, María Luisa. Sucesión", la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la actora contra la sentencia de la Cámara que, a su turno, confirmó el fallo de origen que admitió el pedido de reconocimiento del derecho de habitación de la cónyuge supérstite.-