Actualidad
Se informa que a partir del 13 de abril de 2018 estará disponible la primera cuota de este año de la Tasa de Justicia, siendo su importe de doce mil quinientos veintidós pesos ($12.522.-), lo que representa un 22,5% de incremento con respecto a la última cuota de la Tasa abonada en el 2017. La misma se acreditará en las cuentas de caja de ahorro de los agentes activos y pasivos que perciben sus haberes a través del sistema BAPRO.
Se informa que a partir del 13 de octubre de 2017 se encontrará acreditada la segunda cuota de la Tasa de Justicia, siendo su importe de diez mil doscientos sesenta y tres pesos ($10.263.-). La misma se acreditará en las cuentas de caja de ahorro de los agentes activos y pasivos que perciben sus haberes a través del sistema BAPRO.
Se informa que a partir del 12 de abril de 2017 se encontrará acreditada la primera cuota de este año de la Tasa de Justicia, siendo su importe de ocho mil seiscientos cuarenta y nueve pesos ($8649.-), lo que representa un 20% más que la segunda cuota de la Tasa del 2016. La misma se acreditará en las cuentas de caja de ahorro de los agentes activos y pasivos que perciben sus haberes a través del sistema BAPRO.
La Suprema Corte de Justicia acordó aprobar el Reglamento aplicable al Área de Cobro de Honorarios de Peritos Oficiales y Ejecución Tasa de Justicia, el que como Anexo I forma parte integrante dél presente.
Se informa que a partir del 14 de octubre de 2016 se encontrará acreditada la segunda cuota de la Tasa de Justicia, siendo su importe de siete mil doscientos cincos pesos ($7205.-). La misma se acreditará en las cuentas de caja de ahorro de los agentes activos y pasivos que perciben sus haberes a través del sistema BAPRO.
Con fecha 15 de junio de 2016, la Suprema Corte de Justicia resolvió reemplazar los artículos 10º y 11º del Acuerdo 1870, texto según Acuerdo 2938 por los que se establecen en el presente Acuerdo; respecto al Fuero Laboral, dispuso propiciar ante los Poderes Ejecutivo y Legislativo, la modificación del artículo 60 de la Ley 11.653; y facultar a los Funcionarios del Área de Cobro de Honorarios de Peritos Oficiales y a los Fiscales en su caso, a no promover los juicios de ejecución de honorarios de peritos cuando su ínfimo monto así lo justifique, fijándose el mismo en un (1) JUS.
Se informa que a partir del 15 de abril de 2016 se encontrará acreditada la primera cuota de la Tasa de Justicia, siendo su importe de seis mil cuarenta y tres pesos ($6043.-). La misma se acreditará en las cuentas de caja de ahorro de los agentes activos y pasivos que perciben sus haberes a través del sistema BAPRO.
Se informa que a partir del 15 de octubre de 2015 se encontrará acreditada la segunda cuota de la Tasa de Justicia, siendo su importe de cinco mil ochocientos cincuenta y siete pesos ($5857.-). La misma se acreditará en las cuentas de caja de ahorro de los agentes activos y pasivos que perciben sus haberes a través del sistema BAPRO.
Se informa que por un error del Banco Provincia, a una parte de los beneficiarios de la Tasa de Justicia se les efectuó una retención incorrecta. Por tal motivo, el martes 14 de octubre se inició la gestión pertinente para disponer su inmediata restitución.
La misma se acreditará en las cuentas de caja de ahorro de los agentes activos y pasivos que perciban sus haberes a través del sistema BAPRO.
Según informe de la Secretaría de Administración, la segunda cuota año 2013 de la Tasa de Justicia asciende al importe de pesos cuatro mil cuatrocientos ochenta y ocho ($4488.-). La misma será acreditada el próximo 15 de octubre.
Con fecha 9 de junio de 2010, la Suprema Corte de Justicia dispuso crear el Departamento de Cobro de Honorarios de Peritos Oficiales y Tasa de Justicia, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Jurisdiccionales del Tribunal.
Con fecha 20-9-2006, en el marco de un requerimiento de homologación del acuerdo al que arribaran las partes, la Suprema Corte en autos "Empresa P.B.P. S.A. y Xuca S.A. c/ Municipalidad de Vicente López s/ Demanda contencioso administrativa", causa B.49.956, resolvió que previo a todo trámite se practique por Secretaría la liquidación de tasa de justicia y se intime a su pago, y que oblada la misma, vuelvan los autos al Acuerdo, para recién entonces considerar el pedido de homologación.
Con fecha 29 de agosto de 2012, la Suprema Corte de Justicia resolvió encomendar a los funcionarios que integran el Área de Cobro de Honorarios de Peritos Oficiales y Tasa de Justicia designados en diferentes jurisdicciones la colaboración con la Dirección de la Justicia de Paz en las actividades de verificación, encomendadas a la Dirección de la Justicia de Paz en el acápite a) del Anexo II del Acuerdo 3536 (en negrita lo aclarado por resolución 2305/12, que también corrige el artículo 3º de la Resolución 2249/12).