Actualidad
Traslado del Juzgado de Familia Nº 2 de La Plata al inmueble ubicado en 53 Nº 490 (entre 5 y 6); y de la Autoridad de implementación y seguimiento del Programa de Cumplimiento de la Sentencia en la "Causa Verbitsky" (APCS) al Edificio Judicial de 45 Nº 924 (entre 13 y 14).
La Suprema Corte de Justicia aprobó la propuesta de distribución y traslados de organismos y dependencias judiciales del Departamento Judicial San Martín.
Con fecha 27 de abril de 2016, la Suprema Corte de Justicia resolvió modificar el inciso d) del artículo 1º y el artículo 2º de la Resolución 551/16.
Con fecha 6 de abril de 2015, la Suprema Corte de Justicia dispuso el traslado de las siguientes dependencias: Juzgado de Familia Nº 6; Excma. Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo; Registro Público de Comercio y, la Secretaría de Trámite de Juicios de Apremios y Juzgados en lo Contencioso Administrativo Nº 1 y 3.
Con fecha 3 de diciembre de 2014, la Suprema Corte de Justicia dispuso Trasladar los Juzgados de Familia del Departamento Judicial Zárate-Campana, creados por ley 14.616, a las siguientes sedes: un Juzgado al partido de Escobar, asignándole competencia territorial exclusiva sobre dicho partido. Un Juzgado al partido de Zárate, asignándole competencia territorial sobre los partidos de Campana, Zárate y Exaltación de la Cruz.
Con fecha 2 de julio de 2014, la Suprema Corte de Justicia, resolvió recordar a los Señores Magistrados del Fuero Penal lo resuelto por esta Suprema Corte en el Fallo P. 107.609 en cuanto al requerimiento de autorización previa para hacer efectivos los traslados de los detenidos a su disposición, arbitrando todos los medios necesarios para que la resolución que corresponda sea adoptada dentro de los plazos normados en el Código Procesal Penal y en la Ley de Ejecución Penal.
Con fecha 29 de febrero de 2012, la Suprema Corte de Justicia dispuso instalar en el Edificio de de calle Presidente Perón Nº 46 (ex Nº 56) los Tribunales de Trabajo, nros. 1,2,3,4 y 5 de Lomas de Zamora, donde se concentrará el Fuero Laboral; e instalar en el Edificio de la calle Talcahuano 278 a los Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil 1,2 y 3 de dicho Departamento Judicial.
La Suprema Corte resolvió hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria y ordenó remitir la causa al Tribunal de Casación Penal provincial para que, integrado con jueces hábiles, trate la problemática que encierra la presentación de los recurrentes referida al agravamiento de las condiciones de detención y a los constantes traslados de dependencias carcelarias de los imputados y de todas las personas actualmente detenidas en el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense, con arreglo al art. 43 de la C.N.