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Desde el 30 de septiembre se dicta la capacitación "Herramientas para el abordaje judicial de las violencias basadas en el género", dispuesta por la presidencia de la Suprema Corte de Justicia a través de la Resolución 707/19 y organizado por el Instituto de Estudios Judiciales en conjunto con el Registro de Violencia Familiar del tribunal.
Se realizó el II Consejo Consultivo de Violencia Familiar y de Género, con la participación de jueces del fuero de Familia y de Paz y la asistencia de funcionarios de las distintas áreas de la Suprema Corte de Justicia.
La Suprema Corte de Justicia resolvió modificar artículos del Acuerdo 3690, reglamentario del Registro de Violencia Familiar.
El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Eduardo Pettigiani, y el secretario de Derechos Humanos, Santiago Canton, firmaron un convenio marco que tiene por objeto establecer los parámetros necesarios para remitir al Registro único de Casos de Violencia de Género de la Provincia de Buenos Aires los datos que obran en el Registro de Violencia Familiar de la Suprema Corte de Justicia.
La Suprema Corte de Justicia resolvió declarar de Interés la "Jornada sobre violencia familiar y de género" a realizarse el día 6 de noviembre del corriente en la sede de la Unión de Magistrados y Funcionarios de Lomas de Zamora.
Convocada por Resolución de Presidencia 299/16, el pasado jueves 4 de agosto tuvo lugar la Primera Sesión del Consejo Consultivo en Violencia Familiar y de Género, en la sede del Instituto de Estudios Judiciales.
Con fecha 17 de noviembre de 2015, el Presidente de la Suprema Corte en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 2º de la Acordada 3690, dispuso el inicio del funcionamiento del Registro de Violencia Familiar a partir del 1º de diciembre de 2015.
Con fecha 5 de mayo de 2014, la Suprema Corte de Justicia acordó aprobar el Reglamento del Registro de Violencia Familiar –en adelante RVF- (art. 18 de la Ley 12.569 -texto s/Ley 14.509-) que como Anexo I forma parte de la presente.
Con el objetivo de facilitar el acceso a la justicia de las víctimas y agilizar la adopción de las medidas más urgentes, la Suprema Corte de Justicia, a través de su Presidente Eduardo Néstor de Lazzari, y el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia, representado por su titular Ricardo Casal, suscribieron un convenio por el cual se aprobó un formulario de fácil manejo que será utilizado en las comisorias de la Provincia de Buenos Aires para la recepción de denuncias por hechos de violencia familiar.
La Suprema Corte de Justicia dispuso que en la materia regida por la ley 12.569 de Violencia Familiar serán competentes tanto el Juzgado de Paz como el de Familia del domicilio de la víctima, de acuerdo con la regla de prevención (arts. 6, ley 12.569 y 827 inc. "u", CPCC).
La Suprema Corte de Justicia decidió impulsar una reforma en la ley orgánica del Poder Judicial para que se la faculte a otorgar competencia específica sobre violencia familiar, salud mental y control de las medidas de abrigo a algunos de los juzgados del fuero de familia creados o a crearse.
Con fecha 6 de julio de 2011, la Suprema Corte de Justicia dispuso ampliar los alcances de la Resolución nº 1871 dictada con fecha 17 de junio de 2009, autorizando a los Jueces de Paz Letrados a desinsacular de la lista para designaciones de oficio previstas en el Acuerdo 1888, peritos psiquiatras, cuando resultare indispensable para resolver una causa de violencia familiar y siempre que no pudiere solicitar la asistencia de otros profesionales, fijando sus honorarios entre dos (2) y seis (6) Jus, con cargo al presupuesto de esta Administración de Justicia.
Con fecha 28 de diciembre de 2010, la Suprema Corte de Justicia dispuso propiciar ante los Poderes Ejecutivo y Legislativo el dictado de una norma que contemple modificaciones a la ley 5827 (Orgánica del Poder Judicial), a los efectos de facultarla, para atribuir competencia específica en materia de violencia familiar, salud mental y control de las medidas de abrigo a algunos de los órganos del fuero de familia creados o a crearse, en función del Proyecto elaborado por este Tribunal, que como Anexo I forma parte de la presente.
La Suprema Corte de Justicia ordenó que la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de La Plata, en forma conjunta y coordinada, otorguen una vivienda a una mujer y su hijo menor de edad, ambos discapacitados, en situación de indigencia y víctimas de violencia familiar, en un plazo máximo de 60 días. Asimismo, hasta que ello ocurra y dentro de las cuarenta y ocho horas de notificado el fallo, deberán cubrir a su exclusivo costo el alojamiento en un hotel o complejo habitacional similar.
Con fecha 28 de mayo de 2010, la Suprema Corte de Justicia, la Procuración General y la Federación Argentina de Municipios suscribieron un convenio marco de cooperación dirigido a realizar actividades de cooperación mutua, asistencia técnica, trabajos en conjunto, facilitación de las relaciones con la comunidad, intercambio de información, como así también proyectos, publicaciones y programas de interés común en el área de formación y capacitación centrada en la erradicación de la violencia familiar contra las mujeres y las personas de la tercera edad.