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25-10-2018 | Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios. Destitución del Fiscal Leandro Heredia, por las causales previstas en los arts. 20 y 21 incisos d), e), h) e i) de la Ley 13.661.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, en el expediente SJ 143/11, resolvió por unanimidad de los miembros presentes destituir al Fiscal a cargo de la Unidad Fiscal descentralizada de Presidente Perón, Departamento Judicial La Plata, Leandro Heredia.

Entre los fundamentos de la decisión el Jurado se contempló el caso de la usurpación del campo "La Primavera", propiedad de la familia Buiani, sobre el cual se señaló que el "acompañamiento policial dispuesto" telefónicamente, "no era […] una diligencia que fuera de práctica", lo que sumado a las restantes constancias, permitieron inferir que la orden emanada del Fiscal, cuya emisión el propio enjuiciado reconoció en su descargo, obedeció a un actuar por demás irregular.

En definitiva, valorados los elementos probatorios, el Jurado tuvo por acreditada la inconducta objeto de acusación, la cual en razón de su carácter manifiesto, su gravedad y consecuencias que generó, resultó susceptible de ser sancionada en el ámbito del Jurado de Enjuiciamiento.

Por otra parte, y en lo atinente a los restantes hechos, el Jurado entendió que el Agente Fiscal inculpado a través de las acciones endilgadas "no visualizó" a las víctimas de los delitos en el marco de los expedientes por los cuales se juzga su responsabilidad política y, de ese modo, contradijo la necesaria prudencia que como uno de los principios derivados de la ética judicial, debe guiar su accionar, cuando en definitiva el fin último de la actividad judicial es realizar la justicia por medio del Derecho.

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