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11-04-2019 | Aplicación de la Ley de Impuesto a las Ganancias en el ámbito del Poder Judicial provincial

A partir de las modificaciones a la Ley de Impuesto a las Ganancias (Ley 27.346), la Suprema Corte de Justicia, en coordinación con la Procuración General, definió mediante la Resolución Nº 436 la modalidad de liquidación del referido impuesto en el ámbito del Poder Judicial provincial, estableciendo como sujetos alcanzados a magistrados, funcionarios y empleados que ingresen a partir del 1º de enero de 2017.

De tal modo, no resultan sujetos alcanzados quienes ingresaron al Poder Judicial provincial con anterioridad a dicha fecha y dicha situación no varía aun cuando fueran nombrados o promovidos con posterioridad y sin solución de continuidad a otro cargo, ya sea de magistrado, funcionario o empleado.

Asimismo, se estableció que las disposiciones de la Resolución Nº 436 resultan aplicables a los magistrados provenientes de los Poderes Judiciales y a los fiscales y defensores de los Ministerios Públicos de la Nación, de las Provincias y o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Ver resolución 436-19.pdf 110 Kb.

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