28-02-2021 | COVID-19 (Coronavirus)
Extensión del actual esquema de prestación efectiva y continua del servicio de justicia hasta el 12 de marzo.
A través de la Resolución SPL Nº 07/21, la presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso mantener hasta el 12 de marzo de 2021 inclusive las condiciones y alcances de habilitación y funcionamiento vigentes en los organismos de las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y justicia de paz.
En detalle, a los fines de la prestación efectiva y continua del servicio de justicia provincial, se sostiene la siguiente normativa:
1) Continuidad de la situación de excepción reglada por la Resolución SC Nº 480/20, sus ampliatorias y complementarias.
2) Habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional y administrativa, en función de las pautas previstas en las Resoluciones SC Nº 583/20 y Nº 655/20
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3) Régimen especial instituido por la Resolución SC Nº 1250/20, la cual establece, entre otras previsiones, la programación y organización de turnos rotativos de personal para cumplir tareas presenciales; el máximo aprovechamiento de las herramientas tecnológicas y de las comunicaciones; la combinación de servicios presenciales con prestaciones telemáticas; el mantenimiento del teletrabajo; y la subsistencia de las causales de dispensa de actividad presencial oportunamente dispuestas.
Encuadrado en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN Nº 125/2021, que mantiene la situación de "Distanciamiento Social y Preventivo Obligatorio" en el territorio provincial hasta el próximo 12 de marzo, lo dispuesto no obsta la posibilidad de incorporar adecuaciones, ajustes o el dictado de nuevas resoluciones para la mejor prestación del servicio de justicia, motivadas en la eventual reversión de la situación dada en oportunidad del dictado de la presente.
Res 07-21.pdf 107 Kb.
Res 1250 - amba.pdf 525 Kb.
Resolución 480-20.pdf 538 Kb.
Resolución 655-20.pdf 787 Kb.
Resolución SPL 583-20.pdf 2091 Kb.
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