03-03-2026 | REGLAMENTACIÓN
Nuevas disposiciones para el fuero de Responsabilidad Penal Juvenil
A través de la Resolución SC 144/26 la Suprema Corte de Justicia definió sustituir, a partir de la puesta en funcionamiento de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Avellaneda - Lanús, el artículo 1º de la Resolución SC 1.215/08, texto según Resolución SC 660/10, por el siguiente:
Artículo 1º: Establecer, según lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley 13.634, para cada Departamento Judicial cuya Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal esté compuesta por una única Sala, la Cámara del mismo fuero que intervendrá en el recurso contra el fallo, según el siguiente detalle:

Complementariamente, se estableció que las causas actualmente radicadas en las Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal, permanezcan en la Sala interviniente para la resolución del recurso contra el fallo del fuero de Responsabilidad Penal Juvenil (art. 26 de la Ley 13.634).
Por su parte por Resolución SC 145/26 el Tribunal dispuso modificar el Artículo 3º de la Resolución SC 1.214/08, referido a la manera de integrar los tribunales de Responsabilidad Penal Juvenil (RPJ) en función de la cantidad de juzgados de dicho fuero en funcionamiento en cada uno de los departamentos judiciales; estableciendo su aplicación para aquellas causas elevadas a juicio, a partir del 16 de marzo del año 2026.
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