Resolución 2935/10. Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. Recordatorio sobre plazo para culminar con el docomiso de efectos y bienes no registrables.
Con fecha 29 de septiembre de 2010, la Suprema Corte de Justicia resolvió 'recordar a los jueces del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil que, en el término de seis (6) meses, deberán culminar con el decomiso y la disposición de los efectos y bienes no registrables secuestrados en las causas penales a su cargo y que tramitaran ante los Tribunales de Menores disueltos, de conformidad con lo dispuesto por los Acuerdos 3492 y 3495, confiriendo intervención al Ministerio de Justicia y al Patronato de Liberados, según corresponda.'