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HABEAS CORPUS - Impugnación del auto de prisión preventiva - Alcance.


La Sala II del Tribunal de Casación Penal, en causa nº 27.717, se expidió respecto de la naturaleza propia del Hábeas corpus. Allí se dispuso que cuando la norma del artículo 405 del Código Procesal Penal prevé la posibilidad de impugnar a través del hábeas corpus la prisión preventiva, dicha facultad se encuentra subordinada –según surge de la propia redacción del artículo- a la efectiva comprobación de que la misma resulta ilegal o arbitraria. Ello requiere ineludiblemente la demostración acerca de la positiva existencia de tales vicios, de sus caracteres y modalidades, en orden a la necesidad de juzgar la real concurrencia de esas particularidades y de la grave consecuencia que con el instituto de excepción en trato se procura impedir.