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Resolución 1592/15. Transferencia electrónica de los importes depositados en cuentas judiciales cuando los valores superan los treinta mil pesos ($30.000.-). Recordatorio sobre normativa vigente.


Con fecha 12 de agosto de 2015, la Suprema Corte de Justicia resolvió recordar a los señores magistrados la vigencia de la Comunicación 'A' 5147 del Banco Central de la República Argentina -en particular punto 5.8- que establece como modalidad de pago la transferencia electrónica de los importes depositados en las cuentas judiciales por valores superiores a treinta mil pesos ($ 30.000) - o el que se establezca en el futuro-, así como las exigencias previstas en la Resolución de Presidencia Nº 1116/10 y su Resolución aclaratoria Nº 225/11 para exceptuar dicho modo de pago.





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