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Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul. Sucesión. Indivisión hereditaria. Pago de canon por el heredero que usa el inmueble de la sucesión.


Con fecha 20 de Septiembre de 2016, la Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul en la causa Nº 61167 RICCETTI ARMANDO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO', resolvió modificar la sentencia apelada, en un único aspecto, estableciéndose que el canon locativo por el uso y goce exclusivo del inmueble debe ser pagado por Teresa Cristina Riccetti a partir del día 20 de marzo de 2015, cuando se formalizó el requerimiento por parte de las coherederas Mirta Susana Ricetti y Graciela Rosa Riccetti; confirmándose dicho decisorio en todo lo demás que decide (arts. 913, 914, 915, 917, 918, 919, 2684, 3464 y ccs. del Cód. Civil; art.2328 del C.C. y C.; arts.375, 384, 761 y ccs. del Cód. Proc. ).





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