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Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul. Compraventa de automotor usado con número de chasis adulterado. Imposibilidad de perfeccionar la transferencia. Secuestro policial. Operatividad de la garantía de evicción.


La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul en la causa nº 62112, 'Bossi Claudio Marcelo c/ Arrubia Fernando s/ Daños y Perjuicios, Autom. c/ Les. o Muerte (Exc. Estado)', resolvió confirmar el decisorio de primera instancia que condenó a abonar el valor actual de un automotor a su comprador que, antes de perfeccionar la transferencia, se vio privado de él como consecuencia de su secuestro policial, por adulteración en el número de chasis. Consideró aplicable el Código Civil, y encuadró la pretensión en el marco de la garantía de evicción, entendiéndola aplicable cuando se ha obtenido la posesión del automotor dado el derecho a la cosa adquirido a título oneroso, así como la grave turbación en su uso y goce que el secuestro policial importa, lo que permite excepcionar el recaudo de la sentencia judicial. Sin embargo, no consideró procedente indemnizar los perjuicios excedentes del valor actual del precio pagado, por calificar al accionante como adquirente de mala fe, en cuanto conocía que el automotor no era de titularidad del vendedor, y aún así asumió la responsabilidad de gestionar la transferencia, y omitió, además, la verificación física del rodado.





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