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Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata. Alimentos en favor del ex cónyuge.


Con fecha 15 de febrero de 2018, la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, en autos caratulados 'A., K. L. C/F., C. H. S/ ALIMENTOS ' (expediente 122881) revocó la decisión que denegaba alimentos a la ex cónyuge, por encontrarse prima facie acreditados los requisitos del art 434 inc. a CCC y, teniendo en consideración la calidad de persona discapacitada de la solicitante, fijó en carácter de cuota alimentaria provisoria que el ex cónyuge le provea la obra social IOMA. Consideró que el alimentante la dió de baja de la obra social cuando se anotició de la sentencia de divorcio, a sabiendas que sufría esclerosis múltiple, y que si bien la cuota alimentaria provisoria fijada en carácter de cónyuge separada de hecho cesó ipso jure con la firmeza de la sentencia de divorcio, las pruebas existentes eran suficientes para acordar la medida cautelar solicitada.





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