Desconocimiento de firma en formato electrónico. Acreditación de validez.
Por Res. Cte. Nº 2135/18 se establece, como procedimiento obligatorio, para el supuesto de desconocimiento de la firma efectuada por magistrados o funcionarios en las resoluciones judiciales dictadas en formato 'electrónico', la previa intervención tanto de la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales como de la Subsecretaría de Tecnología Informática de este Tribunal, para acreditar la validez de la emisión de aquella.