Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala II integrada) de La Plata. Perito. Honorarios anticipados. Regulación provisoria.
La Cámara Segunda Civil y Comercial de La Plata, Sala Segunda, integrada por el Dr. Francisco Agustin, Hankovits (art. 36 AC. 5827) y el Dr. Leandro Adrián, Banegas en la causa nº 123.810 'GOMEZ, EDUARDO CESAR C/ MAINETTI DE CORTELEZZI ANTONIA Y OTS. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA BICENAL DEL DOMINIO DE INMUEBLES', resolvió que los honorarios de los peritos deben establecerse luego del dictado de la sentencia y en conjunto con los que correspondan a los restantes profesionales. No obstante ello, permitió como excepción establecerlo en forma provisoria y a cargo de la parte que requirió la prueba.