Tribunal Criminal Nº3 de La Plata. "Causa de los sobres". Condenas por recepción y entrega de dádivas con asociación ilícita en perjuicio de la Administración Pública y el Orden Público.
El Tribunal Criminal Nº 3, en la causa Nº5119, resolvió condenar a Darío Marcelo Camerini a la pena de 5 años y 8 meses de prisión e inhabilitación absoluta accesoria por el tiempo de la condena más dos años; a Rodolfo Daniel Carballo a la pena de 4 años y 10 meses de prisión e inhabilitación absoluta accesoria por el tiempo de la condena más un año y medio; a Walter Skramowskyj a la pena de 4 años y 6 meses de prisión e inhabilitación absoluta accesoria por el tiempo de la condena más un año; a Ariel René Huck a la pena de 3 años y 6 meses de prisión, inhabilitación absoluta accesoria por el tiempo de la condena más seis meses como autores penalmente responsables de los delitos de recepción de dádivas, en los términos del primer párrafo del art.259 del C.P. en concurso real entre sí, en número igual a las dádivas que cada uno de ellos recibiera -C.P. art.55-, en concurso ideal con asociación ilícita -C.P. arts.210 y 54- cometido el día 1 de abril de 2016 en perjuicio de la Administración Pública y el Orden Público y a Sebastián Nicolás Cuenca a la pena de 4 años de prisión, inhabilitación absoluta accesoria por el tiempo de la condena más cuatro meses; a Sebastián Rodrigo Velázquez a la pena de 3 años y 8 meses de prisión, inhabilitación absoluta accesoria por el tiempo de la condena más tres meses; a Julio Sebastián Sáenz a la pena de 3 años y 6 meses de prisión, inhabilitación absoluta accesoria por el tiempo de la condena más dos meses y a Raúl Atilio Frare a la pena de 3 años y 4 meses de prisión e inhabilitación absoluta accesoria por el tiempo de la condena más un mes como autores penalmente responsable por los delitos de entrega de dádivas en los términos del segundo párrafo del art.259 del C.P. en concurso real entre sí en número igual a la totalidad de dádivas entregadas, en concurso ideal con asociación ilícita de acuerdo a los arts.54 y 210 del C.P. Todos con más las restantes accesorias legales y costas. Cód. Penal art.12. (arts. 210, 373 y 375 inc. 2 del C.P.P.).