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Causa "I-75111". Ley 15.008. Jubilación de empleados del Banco Provincia. Suspensión. Medida cautelar.


La Suprema Corte de Justicia resolvió, por mayoría, hacer lugar a la medida cautelar solicitada; lo que importa suspender, con relación al actor, la aplicación de lo dispuesto en el art. 41 de la ley 15.008 hasta tanto se dicte sentencia en este juicio. En su reemplazo, la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del personal del Banco Provincia de Buenos Aires deberá calcular la movilidad de la prestación previsional respectiva de acuerdo a lo previsto por el art. 57 de la ley 13.364 (texto según ley 13.873).





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