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Cámara de Apelaciones y Garantías (Sala III) de San Isidro. Planteo de competencia. Faltas municipales. Prescripción de la pena impuesta por el Juzgado de Faltas municipales.


La Cámara de Apelaciones y Garantías (Sala III) de San Isidro en la causa Nº 31.881/III 'Mattielo Paula y Mattielo María S/ Incidente de Competencia', resolvió DECLARAR prima facie PRESCRIPTA la pena impuesta por la sentencia dictada por la Sra. Titular del Juzgado de Faltas Municipales nro. 3 de Vicente López; CORRESPONDIENDO devolver el legajo a la instancia de origen para su posterior remisión a la Justicia de Faltas interviniente, a los fines de que sea constatada la eventual existencia de otras faltas municipales por parte de la condenada que hubiesen merecido el posible dictado de otra sentencia firme de ese tenor y, que una vez cumplido ello, sea emitido el consecuente pronunciamiento por parte de ese organismo jurisdiccional municipal, para que luego, llegado el caso, sea resuelto el planteo de competencia introducido por parte del Tribunal de Alzada (arts. 1, 10, 16 inc. c, 17, 19, 28, 29, y ccdtes. de Código de Faltas Municipales, según el Decreto Ley nro. 8751/77; 21 inc. 2, 24, 25 bis, 106 y ccdtes. del CPP; 168, y 171 de la Const. Prov.).





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