Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata. Adopción. Régimen de contacto de la madre biológica. Persona discapacitada. Medidas de acción positiva.
La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata en autos caratulados: 'F., J.M. y otra, s/ abrigo ' (causa: 125.203), revocó la decisión del a quo y concedió a la madre biológica un régimen de visitas a sus hijos JM y UV otorgados en guarda 'cautelar' a una familia inscripta en el Registro de adoptantes, considerando que los dictámenes no dan cuenta de que mantener el vínculo con ella sea incompatible con la integración de los niños en su nueva familia y su carácter de discapacitada, que requiere medidas positivas del Estado para facilitar el ejercicio de sus derechos. Teniendo en cuenta que los niños hacia más de 8 meses que convivían con los pretensos adoptantes, por los principios de economía procesal, impulso de oficio y flexibilidad que rigen en materia de familia, dicto sentencia otorgando a los Sres. I.F.L. y P.A.A. la guarda con fines de adopción de JMF y UVF.