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Información general


Comunicación de los datos al RPC.

Tratándose de procesos que se ventilan en la provincia de Buenos Aires, todas las comunicaciones deben efectivizarse en el plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha del dictado de la resolución judicial en cuestión, indicando si aquella ha adquirido o no firmeza.
Considerando que ante un mismo hecho, acto u omisión puede generarse la apertura de dos o más procesos que tramiten en diferentes jurisdicciones, se admite también la registración de datos vinculados a procesos radicados en órganos de extraña jurisdicción, donde el magistrado de la causa ordene la inscripción en el RPC. Para ello los jueces foráneos cuentan con los correspondientes formularios tipo.
Respecto de aquellos órganos jurisdiccionales provinciales que cuenten con AUGUSTA, la remisión de datos se efectúa por intermedio de dicho sistema de gestión, utilizando una funcionalidad nueva creada específicamente para el RPC. En el segmento habilitado al efecto encontrarán todos los ítems que deben completarse para cumplir con la normativa vigente. Por su parte, aquellos órganos que aún no tienen vinculación con AUGUSTA podrán remitir la información vía correo electrónico o en soporte papel utilizando alguno de estos formularios: Formulario A, al momento de comunicar la admisibilidad de la acción y la orden de inscripción; Formulario B, para remitir las medidas cautelares no comunicadas en el Formulario A, y todas aquellas que hagan al levantamiento, modificación y caducidad de las mismas; Formulario C, atinente a sentencias definitivas de todas las instancias e interlocutorias que resulten de interés para el Registro, excepto las que por su naturaleza fueren comunicadas por medio de los formularios A y B; y Formulario D.

Consulta de datos al RPC

El RPC se encarga de brindar los informes a los que alude el art. 8 de la Ley 13.928 (texto s/ Ley 14.192) y todos aquellos a los que refiere la norma reglamentaria. Sin perjuicio de los informes que puedan brindarse, el sistema informático del RPC está disponible para los usuarios desde este Sitio Web a fin de constituirse en una herramienta que ofrece información suficiente y oportuna a los operadores judiciales y a la comunidad en general; sin perjuicio de los datos que con miras a preservar la intimidad de las partes deban ser reservados en el marco de las normas que hacen a la protección de datos personales y/o sensibles. Por último, en lo que hace a la utilización del sistema como herramienta para generar estadísticas (conforme lo dispuesto por el Acuerdo 3660), éstas se actualizarán periódicamente en el segmento del RPC.