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Cámara Segunda Civil y Comercial de La Plata. Derecho de consumo. Recurso de apelación. Admisibilidad. Artículo 29, Ley 13.133. Intimación.


La Cámara Segunda Civil y Comercial de La Plata en la causa Nº125686 caratulada 'STREMI ARIEL BALTAZAR C/ FERRO JOSE ENRIQUE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC. ESTADO)', resolvió que en aquellos casos en los que se encuentre involucrado el derecho de consumo, deberá el juez de primera instancia estimar la liquidación respectiva, e intimar al apelante a su depósito otorgándole un plazo para que dé cumplimiento con la normativa vigente, bajo apercibimiento de no conceder la apelación o de declarar desierto el recurso en caso de haberla concedido, conforme lo dispuesto en el art. 29 de la Ley 13.133.





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