Tribunal de Casación Penal, Sala 1. Unidad Penitenciaria Batán. Cupos de Alojados.
La Sala I del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires en causa 93903 caratulada 'Actuaciones artículo 25 C.P.P. Detenidos alojados en la Alcaidía Penitenciaria BATAN s/Recurso de Casación' decidió que la legitimidad de la intervención jurisdiccional surge del sistema de 'frenos y contrapesos', ante el compromiso de derechos fundamentales consagrados constitucional y convencionalmente como la vida y la integridad física - según se tuviera a esta altura por comprobado-, derivados de la superpoblación carcelaria y el hacinamiento, por lo que dicha jurisdiccionalidad constituye una obligación constitucional dentro de un estado de derecho sin que se verifique un conflicto de poderes. El Tribunal restableció la vigencia de la resolución dictada por el Juzgado de Ejecución nro. 2 de Mar del Plata, que hizo lugar parcialmente a la medida cautelar promovida por la Defensora General y que fijó el cupo de alojamiento en la alcaldía o unidad penitenciara nro. 44 del complejo penitenciario Batán.