Tribunal de Casación Penal. Sala I. Acción de revisión. Juicio Abreviado. Consentimiento viciado. Facultad de indagación del Tribunal de Casación Penal. Artículo 471 del C.P.P. Procedencia de la acción.
La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa 98004 caratulada 'Mazzoletti Héctor Jesus s/Acción de Revisión' resolvió: hacer lugar a la acción de revisión interpuesta, anular el acuerdo de juicio abreviado y la sentencia condenatoria que recayó sobre Mazzoletti, reenviar las actuaciones al Tribunal de origen para que de manera inmediata prosiga el proceso y adopte las resoluciones que correspondan sin dilaciones y encomendar al órgano que de intervención al Juzgado de Familia que corresponda.
Destacó que el imputado presenta un retraso mental moderado a grave lo que implica que carece de capacidad para ser responsable de la comprensión y dirección de sus acciones de manera permanente. En consecuencia estableció que el nombrado no tenía capacidad para prestar libremente consentimiento con el acuerdo de juicio abreviado que suscribió.