Suspensión de términos procesales en procesos de apremios provinciales iniciados electrónicamente, a partir del día 20 de agosto del corriente año y hasta nueva resolución.
La Suprema Corte de Justicia resolvió declarar la suspensión de los términos procesales únicamente en los procesos de apremios provinciales iniciados electrónicamente, de trámite en los organismos jurisdiccionales de todos los departamentos judiciales, a partir del día 20 de agosto del corriente año y hasta nueva resolución la que podrá ser dictada por la Presidencia del Tribunal. Ello, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se hubiesen cumplido.