Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal (Sala III) de San Isidro. Particular Damnificado. Constitución. Interpretación del alcance del poder para actuar como apoderado. Tesis amplia.
La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal (Sala III) San Isidro en la causa Nº 32.078 , resolvió DECLARAR ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto a fs. 4 por el abogado Hugo Jaime Massa contra el resolutorio de fs. 2, de conformidad con los motivos expuestos en el Considerando (arts. 77 segundo párrafo, 421, 433, 439, 441, 442 y ccdtes. del CPP).
II. Por mayoría, NO HACER LUGAR al recurso de apelación deducido a fs. 4, y CONFIRMAR el decisorio de fs. 2 en cuanto el Juez a quo denegó el pedido del abogado Hugo Jaime Massa de ser tenido como apoderado del particular damnificado en el marco de la presente investigación, de conformidad con los motivos expuestos en el Considerando (arts. 21 inc. 1, 77 segundo párrafo, 78 y ccdtes. del CPP).