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Medidas para progenitores, progenitoras o persona adulta responsable a cargo del cuidado del niño, niña o adolescente, mientras dure la suspensión de clases en las escuelas.


La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso las siguientes medidas para los agentes o funcionarios judiciales que sean progenitores, progenitoras o persona adulta responsable a cargo del cuidado del niño, niña o adolescente, mientras dure la suspensión de clases en las escuelas establecidas por las Resoluciones ut supra mencionadas, a saber: 1) Permitir la permanencia del personal en su domicilio debiendo llevar a cabo las tareas que le fueran asignadas desde sus hogares, cuando ello fuere posible. 2) En caso de que ambos progenitores o responsables de la niña, niño o adolescente, presten servicios en el Sector Público Provincial, no podrán gozar de las medidas simultáneamente, debiendo turnarse para concurrir a prestar servicios en sus respectivas dependencias cuando así se lo requiera. En el caso de aquellos órganos o dependencias en que el titular haya dispuesto días de asistencia rotativa del personal, podrá solicitarle a los agentes mencionados en el artículo 1, que integren dichos turnos rotativos.





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