Seguimiento y revisión de medidas cautelares o de protección por violencia familiar, de género, restricción a la capacidad y adultos mayores.
Por Res. Cte. Nº 214/21 se dispuso encomendar a los órganos judiciales comprendidos en la Resolución SPL Nº 04/21 que extremen las acciones para que el seguimiento y revisión de las medidas cautelares prorrogadas sea diligente, estricto y oportuno.