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Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata. Indemnización por daños eximidos del artículo 21 de la Ley 6716 (artículo 744 inc. "f" del Código Civil y Comercial).


La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata, en la causa Nº 113.551, resolvió receptar los agravios esgrimidos y con el alcance señalado en el presente, revocar la decisión apelada, debiéndose en la instancia de origen, con la premura que la situación del actor impone, ordenar la transferencia de los fondos embargados, previo descuento de la parte proporcional que corresponda al lucro cesante -esto es del 0,60%-, ya que este último importe deberá quedar depositado en autos a los efectos de asegurar el cumplimiento del art. 21 de la ley 6716 y el pago de los honorarios con los términos del art. 84 del CPCC.





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