Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Mar de Plata. Alcance del Art. 3313 del CCyC. Plazo de aceptación o renuncia a la herencia. Exclusión en la Declaratoria. Herederos renunciantes.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Mar del Plata, en la causa Nº 171.490, resolvió disponer la reanudación de los plazos procesales suspendidos y revocar lo resuelto el 17/12/2020, decretando a la coheredera Z. M. y sus sucesores como renunciantes.