Comité Nacional para la Prevención de la Tortura. Uso del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas.
Por Res. Cte. Nº 1637/21 se dispuso que, a partir del 4 de octubre del corriente año, todos los organismos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia provincial, así como, en su caso, los órganos de gobierno de esta Suprema Corte y los Registros Públicos, deberán librar indefectiblemente los oficios al Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, en el marco de una causa judicial y/o administrativa ya iniciada, en formato digital, a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.