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Causa Q77.438 ("Echeverry"). Inadmisibilidad de recurso con pretensiones no expuestas ante las instancias de grado. Control judicial suficiente de los actos que dicta la Junta Electoral. Exhortación a los poderes Ejecutivo y Legislativo.


La Suprema Corte de Justicia, en la causa Q77.438, 'ECHEVERRY JOSÉ AUGUSTO C/ JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO' Y SU ACUMULADA NRO. 29.598 WOLFFE, BELÉN TATIANA C/ JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO - QUEJA POR DENEGATORIA DE RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY', resolvió: I. Declarar que el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte actora en este caso resulta inadmisible y, por ende, rechazar la queja deducida (arts. 279, 281, 292 y conc., CPCC). II. Exhortar al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo para que, en el marco de sus atribuciones, arbitren lo necesario para organizar, a la brevedad posible, el control judicial suficiente de las cuestiones que se suscitan en el contexto del cronograma electoral y, en particular, el de los actos que en ese lapso dicta la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires.





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