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Cámara Civil y Comercial de Junín. División nociva de condominio. Indivisión forzosa temporaria. Plazo.


La Cámara Civil y Comercial de Junín, en la causa Nº 2050, resolvió hacer lugar al pedido de indivisión forzosa temporaria postergando por el plazo de 2 (dos) años a partir de que quede firme la presente la división de condominio pedida por L. E. P. Ello sin perjuicio de que anticipadamente a su vencimiento demuestre causas para su cese (art. 2002 CCyCN) o la demandada L. E. D. para su prórroga.





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