Tribunal de Casación (Sala V). Fuero Penal Juvenil. Inexistencia de impedimentos para que los jóvenes en conflicto con la ley penal sean juzgados por jurado popular.
El Tribunal resolvió: I. Por unanimidad, declarar formalmente admisible la queja interpuesta por la Defensora Oficial. II. Por mayoría, hacer lugar a la misma, casar la resolución y ordenar la realización del juicio debido al menor N.E.G. bajo el procedimiento de jurados populares.