Ingresar a la versión accesible

Tribunal de Casación (Sala V). Fuero Penal Juvenil. Inexistencia de impedimentos para que los jóvenes en conflicto con la ley penal sean juzgados por jurado popular.


El Tribunal resolvió: I. Por unanimidad, declarar formalmente admisible la queja interpuesta por la Defensora Oficial. II. Por mayoría, hacer lugar a la misma, casar la resolución y ordenar la realización del juicio debido al menor N.E.G. bajo el procedimiento de jurados populares.





Archivos asociados: VER SENTENCIA (causa N° 108431).pdf 324 Kb.