B.56739. Normativa previsional (arts. 171 Constitución provincial y 34 Decreto-Ley 9650/80). Fundamentos de dicho régimen legal. Concubinato. Concurrencia. Coparticipación en el goce de la pensión.
Con fecha 18 de marzo de 2009, la Suprema Corte de Justicia, por mayoría, hizo lugar parcialmente a la demanda interpuesta, anulando las resoluciones impugnadas y reconociendo el derecho de la señora M. F. G. a coparticipar en el goce de la pensión derivada del fallecimiento de don J.R.U., en partes iguales con la señora M. E. G. desde la fecha de presentación de G. en las actuaciones administrativas y hasta la del fallecimiento de G., fecha a partir de la cual corresponde se le abone el 100% de la prestación.