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Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala II) de La Plata. Beneficio de gratuidad de la Ley de Defensa del Consumidor. Depósito previo previsto en el Art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial.


La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala II) de La Plata, en la causa Nº 131.591, resolvió que la actora recurrente goza de pleno derecho del beneficio de gratuidad previsto en los artículos 53 de la ley 24.240 y 25 de la ley 13.133, el que alcanza también al depósito previo exigido en el art. 280 del CPCC -texto según ley 14.647.





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