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Causa I75.132 ("Asociación Bancaria y otros"). Medida cautelar colectiva. Procedencia parcial de la medida solicitada por el sindicato bancario y dos asociaciones de jubilados del Banco Provincia. Régimen de movilidad de la ley 15.008. Suspensión de los efectos. Liquidación provisional de un porcentaje de los haberes reclamados. Exhortación a la Legislatura.


La Suprema Corte de Justicia, en la causa 'Asociación Bancaria c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad ley 15.008', resolvió hacer lugar a la medida cautelar requerida, disponiendo que, a partir del 1 de junio de 2023 y hasta la fecha que se determine en la sentencia definitiva, la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires suspenda la aplicación de los arts. 39, 41 y 42 de la ley 15.008 en relación a sus afiliados pasivos que no hubiesen sido beneficiados por una medida precautoria previa al dictado de la presente resolución y que hubieran accedido al beneficio al amparo de las leyes 5.678, 11.322, 11.761 o 13.364 (arts. 230, 232 y concs., CPCC), con el alcance expuesto en los apartados II a VIII de la parte dispositiva de la resolución.





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