Causa A. 76.810 ("García Christensen, contra Municipalidad de Tres Arroyos). Amparo. Solicitud de información ambiental. Carrera automovilística . Cuestión abstracta. Actualidad de un pronunciamiento. Principio de congruencia. Insuficiencia técnica del recurso.
La Suprema Corte de Justicia, en la causa A.76.810 'García Christensen, Verónica contra Municipalidad de Tres Arroyos. Acción de amparo. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley', resolvió confirmar la sentencia dictada por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en la ciudad de Mar del Plata que había acogido el recurso de la actora y modificado el pronunciamiento de primera instancia ordenando al municipio de Tres Arroyos que, en el plazo de 15 días, se expida sobre la solicitud de información ambiental relativa a la realización del evento denominado 'Rally Bonaerense' con el fin de hacer cesar la vulneración al derecho de la actora de acceso a la información pública. Para así hacerlo, tras señalar la insuficiencia técnica del recurso, remarcó que el interés que justifica el pronunciamiento reside no solo en su proyección para la preservación del ambiente por carreras venideras sino también ante una potencial finalidad orientada a la restitución o reparación de los bienes colectivos en juego.