Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala II) de La Plata. Abogada del Niño. Determinación de sus honorarios.
La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala II) de La Plata, en la causa Nº 143488, resolvió revocar la apelada sentencia en lo que fuera materia de recurso y agravio, estableciéndose que por la labor extrajudicial como Abogada del Niño, Niña y Adolescente se regulan los honorarios de la Dra. C.J.C.N., en la suma de 12 jus con más los aportes de ley correspondientes.