Causa A. 76.668, ("Mutual Ferroviarios"). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Actividades no lucrativas. Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos. Inconstitucionalidad del Código Fiscal.
La Suprema Corte de Justicia, en la causa A. 76.668 'Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos y Jubilados pertenecientes a la Fraternidad Seccional Pergamino F.C. Mitre c/ Fiscalía de Estado- Provincia de Buenos Aires. s/ Pretensión Declarativa de Certeza. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley' resolvió declarar la invalidez del art. 182 del Código Fiscal en cuanto prevé como alcanzadas por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las actividades desarrolladas sin perseguir un fin de lucro —meramente onerosas— por resultar incompatible con las normas de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos (23.548) tendientes a la armonización de los tributos locales que se encuentran excluidos del régimen de recaudación y distribución allí establecido.
En ese sentido estableció que, de acuerdo a las disposiciones de la Ley Orgánica para las Asociaciones Mutuales (20.321), las organizaciones de esa clase no pueden realizar actividades lucrativas y precisó que, en consecuencia, el ofrecimiento de ayuda económica a los asociados llevado a cabo por la actora no puede ser alcanzado por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.