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Licencias suspendidas durante el servicio de pandemia


A través del Acuerdo Nº 4115 se dispuso que los magistrados, funcionarios y agentes que aún no haya tomado sus licencias pendientes por los servicios prestados en el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19, lo hagan antes del 15 de octubre del año 2024. En cuanto al personal que se halle próximo a jubilarse o en condiciones de acceder al beneficio jubilatorio, deberá gozar la licencia con anterioridad al cese de sus funciones.

Excepcionalmente y a los efectos de garantizar la prestación del servicio de justicia, los magistrados que se encuentren subrogando de manera permanente otro órgano o prestando funciones en órganos colegiados que estén desintegrados, por la renuncia o fallecimiento de alguno de sus integrantes, así como quienes expongan razones debidamente fundadas, podrán optar por no hacer uso de la licencia.






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