Causa A. 80.129 ("Ludueña"). Autodeterminación y derecho a la vida. Garantía de acceso a la justicia y tutela judicial continua y efectiva. Reconducción del proceso. Medida provisional de tutela.
La Suprema Corte de Justicia, en la causa A. 80.129, 'Ludueña, María del Carmen s/ incidente de Amparo - Recurso de Inaplicabilidad de Ley', por mayoría, hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la actora y revocó la sentencia del Tribunal de Alzada que confirmó el rechazo de la demanda por considerarla inadmisible. En lo sustancial, sostuvo que, si bien la vía del amparo no resulta idónea para ventilar la pretensión intentada dado su alto grado de opinabilidad y necesidad de mayor debate, lo cierto es que los jueces en ejercicio de sus potestades ordenadoras y en virtud del principio iura novit curia, deben procurar reconducir el trámite hacia una instancia de solución judicial de la controversia que atienda los derechos fundamentales en juego. Así, ordenó la remisión de los autos a la Receptoría General de Expedientes para la asignación de la causa al Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo con competencia en el lugar. Al mismo tiempo, encomendó al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires que, hasta tanto se resuelva la pretensión, provea a María del Carmen Ludueña los cuidados y medios necesarios para neutralizar los efectos adversos que pudieran producirse durante la sustanciación del juicio. La resolución adoptada se encuadra en una causa en la cual la actora, ante una enfermedad que la obliga a transitar padecimientos físicos, psíquicos y espirituales que describe como intolerables e incompatibles con una vida digna, solicita que se ordene al Estado provincial la provisión de la asistencia médico sanitaria para morir.